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Reglamento de regatas
Cambios en el RRV
El Comité de Reglas de la ISAF ha decidido ciertos cambios al texto de las reglas que entró en vigencia a partir del primer día del año 2010.
Si bien no es común encontrar este tipo de modificaciones, las mismas obedecen a la necesidad de reparar ciertas reglas que permitían a los competidores sacar provecho en beneficio propio de situaciones que las reglas no aclaraban debidamente, pudiendo llegar a crear situaciones de peligro.
Parte 2 - Sección C - En marcas y obstáculos
Regla 18.2(c):
(c) Cuando un barco debe dar espacio en la marca de conformidad con la regla 18.2(b), continuará haciéndolo aún si más tarde un compromiso se rompe o comienza un nuevo compromiso. Sin embargo, si el barco con derecho a espacio en la marca pasa más allá de proa al viento o sale de la zona, la regla 18.2(b) deja de regir.
Un ejemplo: Supongamos que dos barcos comprometidos en bordada a babor se aproximan a la marca de barlovento que han de dejar por babor.
Con la redacción anterior “si cualquiera de los dos barcos pasa más allá de proa al viento … la regla 18.2(b) (espacio en la marca para el barco interior comprometido) deja de regir.”
Qué hacía el barco externo, Amarillo, amparado por la redacción de esta regla? Se buscaba espacio a sotavento de él, para lo cual no tenía limitaciones, viraba por avante y como la regla decía que la 18.2(b) dejaba de regir pedía agua por ser barco en bordada a estribor … y tenía derecho a ello!!.
Cuando la regla 18 deja de regir las reglas que gobiernan la situación son las Reglas de Derecho de Paso de la Sección A - de la regla 10 a la 13 (buenas y malas; en el mismo borde comprometidos; en el mismo borde no comprometidos y mientras vira por avante).
Este nuevo texto impide esta triquiñuela pergeñada por los estudiosos del reglamento que le encontraron la vuelta para sacar provecho de la situación en torno a la marca de barlovento, de estar obligados a dar espacio en la marca pasaban a tener derecho de paso en la marca. No más.
Definiciones - Obstáculo:
Obstáculo Es todo objeto que un barco no podría pasar sin cambiar considerablemente de rumbo, si estuviera navegando hacia él a una distancia de una de sus esloras de casco. También son obstáculos los objetos que sólo pueden pasarse con seguridad por un solo lado y un área así designada por las instrucciones de regata. Sin embargo, un barco que está en regata no es un obstáculo para los demás barcos a no ser que éstos deban mantenerse separados de él, o esquivarlo si rige la regla 22. Una embarcación en navegación, incluyendo un barco en regata, nunca es un obstáculo continuo.
Definiciones - Parte:
Parte Son partes en una audiencia: quien protesta; quien es protestado; un barco que pide reparación o para el cual la comisión de regata pide reparación o es considerado por la comisión de protestas de conformidad con la regla 60.3(b); una comisión de regata actuando de conformidad con la regla 60.2(b); un barco o competidor que puede ser penalizado bajo la regla 69.1; una comisión de regata o autoridad organizadora en una audiencia bajo la regla 62.1(a).
Apéndice B, Reglas para la competencia de Tablas a Vela
Regla B3.1(c):
La regla 18.2(c) es reemplazada por:
Cuando una tabla deba dar espacio en la marca de conformidad con la regla 18.2(b), continuará haciéndolo aún si más tarde un compromiso se rompe o comienza un nuevo compromiso. Sin embargo, si la tabla con derecho a espacio en la marca pasa más allá de proa al viento la regla 18.2(b) deja de regir.
Apéndice C, Regla para las Regatas Match
Regla C2.12 (una regla nueva):
C2.12 La regla 18.2(e) se modifica como sigue: 'Si un barco obtuvo un compromiso interior y, desde el momento en que comenzó el compromiso, el barco exterior ha estado imposibilitado para dar espacio en la marca, no se requiere que lo de.'
Apéndice J , Aviso e Instrucciones de Regata
J1.2 El aviso de regata incluirá, cualquiera de los siguientes puntos que serán de aplicación y que puedan ayudar a los competidores a decidir si concurrirán al evento, o los que contengan otra información que ellos necesitarán antes de que las instrucciones de regata estén disponibles:
2) que la publicidad del competidor estará restringida o que se requerirá que los barcos exhiban la publicidad elegida y provista por la autoridad organizadora (ver la Regulación 20 de la ISAF) y toda otra información relativa a la Regulación 20;
J2.2 Las instrucciones de regata también incluirán aquellos de los siguientes rubros que sean de aplicación:
(1) que la publicidad del competidor se restringirá (ver la Regulación 20 de la ISAF) y otra información relativa a la Regulación 20 de la ISAF.
Y eso es todo lo nuevo que ha entrado en vigencia con el inicio del año.
Nos vemos navegando! n
Juan Carlos Soneyra
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